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Autónomos Murcia

Autónomos

Si usted es autónomo y quiere darse de alta de autónomos y necesita una asesoría o gestoría en Murcia, no siga buscando, venga a Gestoría Alcázar.
Ofrecemos para autónomos en Módulos y en Estimación Directa, Simplificada o no, un asesoramiento laboral, fiscal y contable óptimo  a un mínimo coste y sin necesidad de desplazamientos.
Nos encargamos de todos los trámites necesarios ante la Seguridad Social:  alta de autónomos, baja de autónomos, emisión de facturas para autónomos, presentación de modelos trimestrales para autónomos, modelo, 303, modelo 130, contratos, nominas, etc.
Usted no se tendrá que preocupar por nada. Mensualmente o como mucho trimestralmente, debe hacernos llegar  las facturas emitidas y las facturas y justificante de gastos recibidos así como sus extractos bancarios. Una vez contabilizadas por nosotros, liquidaremos los impuestos y les facilitaremos los informes y documentos oportunos de la situación contable-fiscal de su empresa.

 

   

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Noticias de interés

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Qué Actividades son Compatibles con el Paro


Cuando se esta cobrando el paro o se tiene pensado solicitar este subsidio y se esta realizando una actividad o cobrando otros rendimientos o subsidios es importante conocer con actividades es compatible.

Ya que por ejemplo cobrar este subsidio es compatible con un trabajo a tiempo parcial, con pensions de jubilación parcial, con trabajo de colaboración social y las prácticas de trabajo tanto en entidades privadas como en públicas...

Pero todas estas estas compatibilidades siempre estarán condicionados a que el conjunto de todas las rentas, de cualquier naturaleza,
que se perciban, nunca podrán ser superiores al 75% del salario mínimo interprofesional.

Si te encuantras en alguno de este caso no lo dudes y acude a Gestoría Alcázar.
 
Francisco Alcázar


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El IVA en las Comisiones Bancarias


A todas las personas ya sean Autónomos o Sociedades nos aplican comisiones bancarias, ya sea por servicios de manteniemiento , comisiones por transferencias o por descubiertos.
Lo que la mayoría no sabe es que muchas de estas comisiones se les aplica el IVA, ya sea por desconocimiento o porque el mismo banco no suele desglosar este concepto.
Este asunto es de gran interes para los trabajadores Autónomos o las Sociedades ya que podrían deducirse este IVA soportado, siempre y cuando posean el justificante o factura de la opreación.

Dentro de las comisiones bancarias distinguimos dos tipos, las comisiones bancarias finacieras y las comisiones por servicios, de las cuales únicamente a las segundas se les aplicará el IVA.

Si necesita asesoramiento acuda a Gestoría Alcázar no se arrepentirá.
Francisco Alcázar


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La Jubilación en los Autónomos


No existe el día en el que un cliente nos venga a la oficina a preguntarnos que cuando podrá jubilarse.

Para poder acceder a la jubilación los autónomos deben de reunir una serie de requisitos.Tienen que haber cotizado al menos 15 años,
de los cuales al menos dos deben de haber tenido lugar durante los 15 años previos a la peticion de la
pension.
Ademas de este requisito el autónomo debe de alcanzar una edad mínima , actualmente 65 y 4 años.
Tambien habrá que estar al corriente con la Seguridad Social.

Existe la posibilidad de una jubilación anticipada  a partir de los 63 años , con un peridodo de cotización mínimo de 35 años.

Támbien hay que tener encuenta que la edad minima de jubilación aumentara de forma progresiva hasta los 67 años el año 2027

Si tiene cualquier duda sobre su jubilación no lo dude y acuda de Gestoría Alcázar , su asesoría de confianza en Murcia.
Francisco Alcázar


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¿Se te ha olvidado deducirte alguna factura?


Muchas son las ocasiones en las no nos deducimos correctamente en el plazo correspondiente el IVA soportado de todas las facturas del periodo ya sea porque no nos las entregan las a tiempo, porque se traspapelan o bien se nos extravían o por despiste.
Pues bien en el caso del IVA tendremos 4 años para poder deducirnos estos gastos no aplicados en periodos anteriores, siempre contaremos a partir de la fecha de la factura.
Puede parecer una gran flexibilidad pero hay que tener en cuenta que solo es aplicable a IVA por lo que el gasto solo lo aplicaremos para este impuesto y no para otros como el IRPF o IS por lo que sigue suponiéndonos un problema no tener todas las facturas a tiempo para afectarlas a su declaración correspondiente.
Si tienes que te aclaremos cualquier duda contacta con Gestoría Alcázar, su asesoría integral en Murcia
Francisco Alcázar


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¿Tienes pensado dar Claes Particulares?


A la hora de ponerte a dar clases particulares tienes que tener en cuenta que hay que darse de alta como autónomo para ejercer tal actividad y poder declarar los ingresos que tengamos de manera legal.
De esta forma podremos dar clase sin ningún problema, tanto en nuestro domicilio como en el domicilio de los alumnos o en cualquier otro lugar, ya qué aquí la base del negocio son los conocimientos del profesor.
Otra cosa diferente es la idea de querer abrir una academia de enseñanza, ya que en ese caso debemos de poner en marcha una infraestructura empresarial en la que estará incluida adicionalmente los conocimientos de los profesores que desarrollan la actividad en ella.
Hay que tener claro que los ingresos por enseñanza reglada no hay que aplicar ni retenciones ni IVA por lo que únicamente habría que presentar el modelo 130 trimestralmente.
Para cualquier consulta contacte con Gestoría Alcázar en Murcia estaremos encantados de poder atenderle.
Francisco Alcázar


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Paro para Autónomos Dependientes


Para los autónomos dependientes o "Trade" que quieran acceder a la prestación por cese de actividad dependerá únicamente de los motivos de la rescisión de su relación laboral ya que solo podrán acceder cuando ocurran las siguientes causas;

1. Fin de la duración del contrato
2. Incumplimiento del contrato por parte del contrato
3. Rescisión unilateral del contrato por parte del cliente.
4. Impedimiento de la continuidad del trabajo por fallecimiento o incapacidad del cliente.

Si necesita asesoramiento integral no lo dude y acude a Gestoría Alcázar en Murcia.
Francisco Alcázar


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¿A que asciende la cuota de Autónomos?


Para conocer la cuota mensual de un autónomo hay que tener en cuenta varios elementos, ya que no todos los autónomos pagan la misma cuota.

En primer lugar hemos de saber que existen unos mínimos y máximos de bases de cotización fijados por los Presupuestos Generales del Estado para cada año.

También la cuota varía en función de sí el autónomo es socio de una sociedad o no, ya que por ejemplo en este caso las bases mínimas de cotización son superiores a las del resto.

Y por último hay que tener en cuenta las coberturas que queramos cubrir, Accidentes de trabajo y Enfermedad Profesional, Cese de Actividad...cuantas más coberturas el porcentaje sobre la base de cotización será mayor.

A todo esto hay que añadir que para las altas iniciales sigue vigente la tarifa plana, cuya cuota durante los 6 primeros meses de cotización serán de 53€ e irán aumentando hasta llegar a la cuota normal durante los 18 meses siguientes.


Para más información acude en Murcia a Gestoría Alcázar, cuidamos de su negocio como si fuera el nuestro.
Francisco Alcázar


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Soy Autónomo ¿Cuanto cobraré si estoy de baja?


La prestación por incapacidad dependerá de la base de cotización de cada uno y de la naturaleza de la enfermedad o accidente, si es común o profesional.

En caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional, hay que estar cotizando por esta contingencia por lo que la cuota se nos incrementa dependiendo del IAE en el que estemos encuadrados.

Es importante tener en cuenta que para poder beneficiarnos de esta prestación no hay que dejar de cotizar.

Si queremos seguir con el funcionamiento del negocio habrá que dejar  a alguien a cargo de él, ya que no debemos pasarnos por el establecimiento por el posible riesgo de inspección.

Si eres autónomo y quieres resolver todas tus dudas acude a Gestoría Alcázar, su gestoría y asesoría de confianza en Murcia
Francisco Alcázar


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Paro para Autónomos



A partir del  1 de enero de 2015, los trabajadores autónomos tienen derecho a una prestación por cese de actividad, es decir, el llamado paro de los autónomos. Aunque deberán cumplir unos requisitos.  
El pasado 26 de diciembre de 2014 se modificó Ley de Mutuas dentro de la Ley General de la Seguridad Social, estableciendo para los trabajadores autónomos una cobertura por cese de actividad, es decir, el llamado paro de los autónomos, de carácter voluntario. De igual manera, la cobertura por Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional, también pasa a ser voluntaria.   Requisitos que deben cumplir los autónomos son los siguientes;
  • Debe estar dado de alta en la Seguridad Social, y estar al corriente de pago de las cuotas de esta, así como tener cubiertas las contingencias profesionales pertinentes.  
El profesional autónomo no puede haber alcanzado la edad de jubilación, a no ser que tenga acreditado un periodo de cotización requerido para ello.   • No puede concurrir ninguna incompatibilidad que de las previstas en la Ley 32/2010 del 5 de agosto.  
Debe contar con un mínimo de cotización por cese de actividad de, al menos, 12 meses, que deben ser seguidos y anteriores a ese cese, incluido el mismo mes en que se produzca.  
El motivo para que el autónomo de por finalizada la actividad empresarial debe ser económico, técnico, productivo u organizativo, pérdida de licencia administrativa, causa de fuerza mayor, caso de violencia de género, divorcio o acuerdo de separación matrimonial, y debe ser justificado. Con respecto a los motivos económicos, se ha introducido la novedad de que con demostrar y acreditar mediante documentos un nivel de pérdidas del 10%.  
Y por último, el autónomo debe suscribir el compromiso de actividad para mantener la prestación por desempleo, realizando actividades que el Servicio Público de Empleo pueda convocar.   Para más información no dude en consultar a Gestoría Alcázar.


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